Sentencia favorable subsidio por desempleo para mayores de 52 años
Hoy os traemos un nuevo caso en el que hemos conseguido que a nuestro cliente se le reconozca el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Tras no conseguirlo por vía administrativa, llevamos el caso a los tribunales, ¡donde finalmente ganamos!
ANTECEDENTES
Mi cliente solicitó el subsidio por desempleo para mayores de 52 años en septiembre de 2022, pero el SEPE se lo denegó.
Posteriormente, presentamos la correspondiente reclamación previa, pero el resultado tampoco fue positivo. Se deniega porque no ha estado ininterrumpidamente como demandante de empleo desde la situación que dio derecho a su acceso a excepción del cumplimiento de la edad. Al no estar de acuerdo con esta denegación, nos fuimos a los juzgados.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Una vez en el juicio demostramos que efectivamente nuestro cliente si cumple los requisitos, ya que tal y como recoge el el art. 274.4 de la LGSS «…se entenderá cumplido el requisito de inscripción ininterrumpida cuando cada una de las posibles interrupciones haya tenido una duración inferior a noventa días, no computándose los períodos que correspondan a la realización de actividad por cuenta propia o ajena».
Y efectivamente las interrupciones que alega el SEPE para denegar este subsidio a nuestro cliente no son mayores a 90 días.
Por todo ello, tal y como podemos ver en el fallo el juez nos dio la razón, reconociéndole su derecho al subsidio y a cobrar los atrasos.